Estudio Jurídico Bengolea & Lamas
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Habeas data

Trabajamos habeas data frente a entidades financieras: datos personales o crediticios inexactos, desactualizados o difundidos sin causa, con base en la Ley 25.326.

Un informe crediticio erróneo o una deuda que ya se canceló y sigue figurando puede cerrar un crédito, un alquiler o una compra. El estudio reclama a la fuente de la información (banco, entidad, base) la rectificación o supresión, y evalúa si hay perjuicio resarcible.

No se trata de “borrar el Veraz” por pedido genérico. Hay que identificar qué dato es inexacto, quién lo carga y qué trámite previo se hizo. El estudio ha litigado medidas urgentes en conflictos bancarios cuando la vía lo justifica; el instrumento concreto se define con el caso.

Rectificación y supresión

El primer objetivo suele ser corregir o eliminar el dato falso o vencido. Se documenta la cancelación, el reclamo a la entidad y la persistencia del informe.

Perjuicio

Si el dato incorrecto impidió un acto o dañó el nombre, puede haber un tramo de daños. Eso exige prueba del nexo, no solo del error en la base.

Bancos y bases de información

El reclamo puede dirigirse a quien informa y, según el caso, a quien difunde. La ficha de bancos cubre el mapa; acá el eje es el dato personal.

Preguntas frecuentes

¿Puedo reclamar un informe crediticio incorrecto?
Sí, cuando hay datos inexactos o desactualizados. El habeas data apunta a rectificar o suprimir esa información y, si corresponde, a resarcir el perjuicio.
¿Tengo que agotar un trámite administrativo antes?
Conviene reclamar primero a la fuente y conservar la respuesta. El estudio indica si ese paso alcanza o si corresponde una vía judicial.
¿El habeas data borra deudas que sí existen?
No. El instituto no es un mecanismo para ocultar una deuda vigente. Se discute la exactitud, la vigencia y el modo en que se informa.

Profesionales relacionados: Ignacio Goñi Bengolea · Adrián Bengolea

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