
¿Se puede embargar una jubilación por una deuda? La Justicia bonaerense reafirma su protección
Adrián Bengolea · 13 de octubre de 2026
La Justicia bonaerense reafirmó la protección especial de los haberes jubilatorios frente a embargos por deudas. La regla general es que las jubilaciones son inembargables, salvo excepciones expresamente previstas por la ley, como alimentos y litisexpensas. Qué ocurre con deudas bancarias, tarjetas de crédito, honorarios profesionales y embargos sobre cuentas donde se depositan haberes previsionales.
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